ser mayor de edad
certificado de penales
certificado medico de que estas capacitado para controlar al perro
seguro de responsabilidad civil, superior a 120000€ (creo)
microchip
vacunacion al dia
certificado veterinario del perro
inscribirle en el registro
y sacar la licencia municipal
de todos modos imagino que tu veterinario puede informarte mejor (digo yo) y si no en tu ayuntamiento (ahí si que deberian saber exactamente que tienes que presentar y como hacerlo)
El problema, si lo pones a nombre de alguno de tus padres, es que teóricamente tú no podrás pasearlo. Sólo lo puede pasear quien tenga la licencia para el perro. Te arriesgas a que te pongan una multa si te pillan paseándolo tú sin tener licencia.
Así de lógica y natural es nuestra querida ley sobre ppp.
"Si a tu perro no le gusta una persona, probablemente a ti tampoco debería gustarte."
la multa no es lo peor,lo peor es que te lo quitan y te lo llevan a la perrera y el seguro de resposabilidad civil,por si lia alguna y el psicotecnico,similar al de cuando vas a sacar el carnet de conducir,¿para que quieres un perrrazo asi?fijate mi veterinaria siempre me dice,que el unico perro que no la gusta es el rotwail,si no me recuerdo,decia que ningun perro la miraba tan desafiante
Estos requisitos los piden en Madrid, quiza en otras comunidades sea distinto:
Requisitos
· Copia del D.N.I.
- Certificado de antecedentes penales (original).
- Certificado de capacidad física y de aptitud psicológica: se obtiene en los centros oficialmente autorizados para los reconocimientos necesarios para el carné de conducir.
- Original y copia, para su compulsa, de la Póliza o Certificado de la Compañia Aseguradora del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, con una cobertura no inferior a 120.000 euros, en el que conste que cubre los daños que pudiera causar el animal, asi como recibo de estar al corriente de pago. (en caso de que el seguro no estuviera a nombre del solicitante, documento acreditativo de la Compañia Aseguradora que certifique que la póliza cubre al interesado).
· - Una vez obtenida la licencia, y en plazo de quince dias, se solicitará la inscripción del animal en el REGISTRO MUNICIPAL DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS
Observaciones
· La licencia tendrá una validez de 5 años.
· La consideración de perros potencialmente peligrosos afecta a las Razas Indicadas en el Anexo I del R.Decreto 287/2002 y sus cruces, y a perros que reunan la mayoría de las características del Anexo II:
· A continuación se detallan ambos Anexos (en caso de duda, consulten con su veterinario):
Anexo I:
a) Pit Bull Terrier
b) Staffordshire Bull Terrier
c) American Staffodshire Terrier
d) Rottweiler
e) Dogo Argentino
f) Fila Brasileiro
g) Tosa Inu
h) Akita Inu
Anexo II
a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuracion atletica, agilidad, vigor y resistencia.
b) Marcado caracter y gran valor
c) Pelo corto
d) Perimetro toracico comprendido entre 60 y 80 centimetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centimetros y peso superior a 20 Kg.
e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con craneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandibulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
f) Cuello ancho, musculoso y corto
g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un angulo moderado.
· MEDIDAS DE SEGURIDAD:
- La presencia de animales potencialmente peligrosos en lugares o espacios publicos, exigirá que la persona que los conduzca o controle lleve consigo la correspondiente licencia, asi como certificación acreditativa de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.
- Estos animales, siempre que se encuentren en lugares y espacios públicos, deberán llevar obligatoriamente bozal apropiado para su tipología. Además deberán ser conducidos con cadena o correa no extensible, sin que pueda llevarse mas de uno de estos perros por persona.
- Como medida de protección, cuando se encuentren en fincas, casas de campo, chalets, parcelas, terrazas, patios o cualquier otro lugar delimitado, habrán de estar atados, a no ser que se disponga de habitáculo con superficie, altura y cerramiento adecuados.
- Los criadores, adiestradores y comerciantes de animales potencialmente peligrosos habrán de disponer de instalaciones y medios adecuados para su tenencia.
- La sustraccion o perdida de estos animales, debera ser comunicada por su titular al responsable del Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos, en el plazo maximo de cuarenta y ocho horas desde la desaparicion.
La verdad que de desagrada bastante la idea de no poder tener un Rott
lincol34, siempre me han gustado los perros grandes... Pero desde que vi que un amigo tenia una hembra... era tan educada, tan tranquila y tan cariñosa que me enamore de la raza.
De todas maneras me pasare por el ayuntamiento a preguntar.
Muchas gracias de verdad Me sirvieron mucho vuestras respuestas.
Sara De Vil escribió:La verdad que de desagrada bastante la idea de no poder tener un Rott
lincol34, siempre me han gustado los perros grandes... Pero desde que vi que un amigo tenia una hembra... era tan educada, tan tranquila y tan cariñosa que me enamore de la raza. .
Bueno, pero no te vayas a creer que un rottweiler nace educado, tranquilo y cariñoso sólo por ser rottweiler. Detrás de un rottweiler educado, tranquilo y cariñoso hay MUUUCHO trabajo de educación, mucha constancia, unas ideas muy claras de cómo educarlo, y una capacidad para hacerlo. Y, a ser posible, experiencia en este tipo de perros.
Cuidado con pensar que por haber conocido a la perra de tu amigo, el que tú tengas va a ser igual por obra y gracia del espíritu santo.
"Si a tu perro no le gusta una persona, probablemente a ti tampoco debería gustarte."