No, no. Gran errorCamina escribió:Respecto al seguro,creo que estas obligad@ a asegurarlo siempre que pase de 20 kilos. y lo PPP.
Así es sin ningún tipo de duda.Natalia escribió: en madrid están obligados al de resp.civl todos los perros, pesen lo que pesen, midan lo que midan, sean como sean.
En Madrid capital:
- Artículo 6 : Responsabilidades
2. Todos los propietarios de perros quedan obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil, por la cuantía que reglamentariamente se determine, en el plazo de un mes desde la identificación del mismo.
- Artículo 8: Identificación de los animales de compañía
1. El propietario de un perro o gato, está obligado a instar su marcaje y solicitar que sea inscrito en el Registro de Identificación de Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, así como en el censo municipal, en el plazo de tres meses desde su nacimiento, o de un mes desde su adquisición, así como a estar en posesión de la documentación acreditativa correspondiente
Y por si esto no te convence:
- Artículo 37 : Infracciones
a) Constituyen infracciones leves:
3. El incumplimiento de la obligación de identificar y censar a los animales así como la no actualización de los datos registrales en los supuestos y plazos a que hace referencia el artículo 8.
4. Carecer de seguro de responsabilidad civil en los supuestos establecidos en la presente Ordenanza.